La Conselleria de Bienestar Social es condenada a asumir los impagos de la adjudicataria de un servicio público
dimecres 9 de juny de 2004
Darrer afegit: dilluns 12 de juliol de 2004El Sector d’empreses i serveis públics privatitzats de la CGT estima que esta sentencia, cuyo recurso fue desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, es muy positiva porque limita la política de irresponsabilidad que el gobierno valenciano viene desarrollando en el ámbito social y de atención a los más desfavorecidos.
Una política marcada por la externalización de los servicios de atención a menores, mujeres maltratadas, ancianos o, como en este caso, personas con enfermedad mental, y también por la falta de respeto a los derechos de los trabajadores que sacan adelante, con escasos recursos, servicios que deberían ser gestionados directamente por la empresa pública.
SERVIGRUP POVISAD COOP. V. gestionaba hasta que se declaró en quiebra, el Centro de Rehabilitación e Integración social/centro de día para personas con enfermedad mental "CRIS SANT PAU" ubicado en la calle Sant Pau de Valencia. En un primer momento aplicaba a los trabajadores un convenio de aplicación en otro sector (residencias de 3ª edad) el cual generaba cada mes una considerable diferencia salarial respecto al de correcta aplicación (discapacitados). Aquel convenio, gracias a la lucha de los empleados, fue cambiado por el del sector de la población atendida pero Servigrup-Povisad no abonó la diferencia salarial correspondiente al tiempo que dejaba de pagar nóminas enteras y, al declararse en quiebra, tampoco pagó el finiquito. Ante la primera demanda, interpuesta por un trabajador afiliado a la CGT, la cual apuntaba directamente a la Conselleria de Bienestar Social, ésta se declaró no responsable de la situación.
Sin embargo, el caso fue llevado a juicio en el año 2002. La argumentación de los Servicios Jurídicos del Sindicato CGT se basaba en los artículos 4.2 f., 29 y 82.3 del Estatuto de los Trabajadores y el Convenio Colectivo de aplicación, que, a grandes rasgos, obliga al empresario principal a responder “solidariamente de las obligaciones de naturaleza salarial contraídas por contratistas y subcontratistas con sus trabajadores”. Un primer fallo del Juzgado de lo Social obligaba ya a la Conselleria a pagar más de 6.000 euros al trabajador demandante pero Bienestar Social recurrió y el Tribunal Superior de Justicia C.V. rechazó a finales del año pasado el Recurso de Suplicación y mantuvo la sentencia condenatoria. Finalmente, no ha sido hasta el mes de mayo del presente año que el trabajador ha cobrado íntegramente la condena. Los compañeros del demandante que siguieron a éste con otro sindicato la misma estrategia jurídica, aun con sentencia firme favorable, siguen sin cobrar.
Para el Sector d’empreses i serveis públics privatitzats, estos hechos son una muestra más de cómo la Conselleria de Bienestar Social está llevando a cabo unas prácticas, tanto en lo referente a la privatización de su gestión como en su actitud irresponsable con los afectados por esas políticas, totalmente reprobables. CGT manifiesta su intención de seguir luchando por que el sector público realice su tarea y abandone la línea de la privatización, de precariedad y de recorte de derechos para todos los ciudadanos.
Para más información, cgtpublicprivat2004@yahoo.es
Libertad Montesinos, Gabinete de Prensa de CGT-PV
Valencia, a 8 de junio 2004

