Administraciones Públicas
El Tribunal Supremo garantiza el derecho a cobrar antigüedad del personal laboral temporal
Adjuntamos documentos para su solicitud.
dilluns 12 de juliol de 2004
Darrer afegit: dilluns 12 de juliol de 2004Enllaç a la web: valencià
Por fin los trabajadores temporales podrán cobrar antigüedad.
La sentencia del Supremo da la razón a los sindicatos.
El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que los trabajadores temporales de la Generalitat Valenciana tienen derecho a cobrar antigüedad. Esta sentencia confirma la sentencia favorable que obtuvo la CGT en primera instancia y que se encontraba recurrida por la Generalitat y en espera de la ratificación del Tribunal Supremo. Con su sentencia, el Tribunal Supremo ratifica la sentencia favorable de la demanda de CGT y anula una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que desestimaba una demanda similar de Comisiones Obreras.
Las reclamaciones de CGT, al igual que las de CCOO, empezaron tras la modificación del estatuto de los trabajadores acometida en julio de 2001, que dio derecho a los trabajadores laborales a percibir la antigüedad en sus salarios en los mismos términos que el personal fijo. Ambos sindicatos hemos acabado recurriendo a la vía judicial para conseguir extender el derecho al cobro de trienios a los trabajadores temporales de la Generalitat Valenciana. El fallo final se produjo el pasado 17 de mayo, cuando el TS dictó una sentencia en la que se reconoce el derecho a cobrar los trienios de todo el personal laboral de la Administración valenciana: unas 1.500 personas.
Muy importante: las sentencias del Supremo crean jurisprudencia, por lo que el fallo deberá aplicarse al personal laboral temporal de todas las administraciones públicas. Además, la sentencia reconoce el derecho a reclamar desde marzo del año 2002 el pago de los trienios adeudados. Instamos a todos los afectados a que realicen las oportunas reclamaciones: solicitando el cobro de los trienios que se les deban y solicitando el certificado de servicios prestados donde puedan demostrar su antigüedad.
Personal Funcionario Interino: Desde CGT defendemos que el personal funcionario interino también perciba las retribuciones de antigüedad. Una recomendación que también realiza el Defensor del Pueblo a las Administraciones Públicas, junto con la de reducir la inestabilidad laboral de sus plantillas. Pero la legalidad actual debería modificarse para que esto fuera posible: Hace falta voluntad política y presión social para ello. Por parte de CGT, elevamos la propuesta a la Mesa General negociadora, para que en ella se inste al Consell a modificar la Ley y permitir el cobro de antigüedad del personal eventual: tanto el de la Función Pública como el docente o el sanitario.
Os adjuntamos los documentos para su solicitud, en el caso de que seais personal laboral temporal de la Generalitat Valenciana. Estos documentos y la referencia de la sentencia os pueden servir para hacer esta reclamación ante otras administraciones.
Documents adjunts
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Modelos de reclamacion (PDF - 138.5 kB)Solicitud de reconocimiento de servicios prestados y reclamación del cobro de antigüedad
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per ,25 de maig de 2007
El Tribunal Supremo garantiza el derecho a cobrar antigüedad del personal laboral temporal
estoy trabajando en una empresa desde el 1986 en contrato discontinuo trabajando sabado domingo festivo y cuando sea nesesario para la empresa osea disposision de la empresa. ahora estoy desde el 2002 fijo pero no se que antiguedad tengo en realidad porque alguna vez he estado 35 dias sin trabajar en la empresa pero he estado a disposicion de ella desde 1986 que antiguedad tengo esto le pasa a personas de siderugica sevillana. sevilla.espero contestacion gracias.
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